La campaña de la Renta 2025 ya está aquí: ¿tienes todo listo?
La Agencia Tributaria abre la campaña de la declaración de la renta del ejercicio 2025 el 8 de abril de 2026. Si durante el año pasado compraste o vendiste acciones, ETFs o fondos de inversión, cobraste dividendos o tenías activos en brokers extranjeros, necesitas prepararte antes de sentarte delante del borrador.
El problema es que muchos inversores simplemente confirman el borrador tal cual les llega, sin verificar que los datos sean correctos. Y el borrador de Hacienda no siempre incluye toda la información, especialmente si operas con brokers extranjeros como DEGIRO, Interactive Brokers o Trade Republic. El resultado: o pagas de más, o te expones a una sanción por declarar de forma incorrecta.
En esta guía te damos un checklist completo y práctico para que prepares y revises tu declaración paso a paso. No vamos a explicarte la teoría fiscal desde cero (para eso tienes nuestras guías sobre ganancias patrimoniales, dividendos y compensación de pérdidas). Aquí nos centramos en el proceso práctico: qué preparar, qué revisar y qué errores evitar.
Fechas y plazos clave de la campaña 2025
Antes de nada, anota estas fechas en tu calendario:
| Fecha | Evento |
|---|---|
| 8 de abril de 2026 | Apertura de Renta Web: presentación online |
| 6 de mayo de 2026 | Inicio de solicitud de cita previa para atención telefónica |
| 2 de junio de 2026 | Inicio de atención presencial en oficinas de la AEAT |
| 25 de junio de 2026 | Último día para domiciliar el pago (si el resultado es a ingresar) |
| 30 de junio de 2026 | Fin del plazo de presentación |
Consejo: No esperes al último día. Si tu declaración requiere corregir datos del borrador o añadir operaciones que Hacienda no tiene, necesitarás tiempo para revisarlo con calma. Te recomendamos tener todo preparado para la primera semana y presentar durante la segunda quincena de abril.
Si el resultado de la declaración es a ingresar y quieres fraccionarlo en dos pagos (60% + 40%), el primer pago se hace al presentar y el segundo se domicilia para el 5 de noviembre de 2026.
Documentación que debes preparar antes de abrir el borrador
Antes de entrar en Renta Web, reúne toda la documentación fiscal del ejercicio 2025. Tener todo a mano convertirá un proceso tedioso en algo rápido y controlado.
Informe fiscal de tu broker
Cada broker genera un informe anual con el resumen de tus operaciones. Así lo encuentras en cada uno:
| Broker | Dónde encontrarlo | Nombre del documento |
|---|---|---|
| DEGIRO | Mi cuenta → Informes | Informe Anual (disponible desde febrero) |
| Interactive Brokers | Informes → Extractos → Actividad anual | Annual Activity Statement |
| Trade Republic | Perfil → Documentos fiscales | Informe fiscal anual |
| MyInvestor | Área personal → Documentos → Información fiscal | Certificado fiscal |
¿Qué contiene? Cada informe incluye: operaciones de compraventa realizadas, dividendos cobrados, retenciones practicadas, intereses y comisiones pagadas. Estos datos son los que debes contrastar con el borrador.
Certificado de retenciones
Si tu broker es español (MyInvestor), las retenciones sobre dividendos y ganancias ya estarán comunicadas a Hacienda y aparecerán en el borrador. Si tu broker es extranjero (DEGIRO, Interactive Brokers, Trade Republic), Hacienda puede no tener estos datos, y tendrás que introducirlos tú manualmente.
Operaciones en divisa extranjera
Si has operado en dólares, libras u otras divisas, necesitarás el tipo de cambio del día de cada operación (tanto de compra como de venta). El tipo de cambio oficial es el publicado por el BCE (Banco Central Europeo). Algunos brokers ya te proporcionan la conversión en su informe; otros no.
Justificantes de comisiones
Las comisiones de compra y venta son gastos deducibles que reducen tu ganancia patrimonial. Asegúrate de que están reflejadas en el informe del broker. Si usas un broker que cobra comisión por custodia, cambio de divisa o conectividad, esos gastos también podrían ser deducibles según el caso.
Paso 1: Abre el borrador y no confirmes nada todavía
Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria con tu certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico. Hacienda te mostrará un borrador con los datos que ya tiene sobre ti.
Regla de oro: nunca confirmes el borrador sin revisarlo. Hacienda recibe información de bancos y brokers españoles, pero:
- No recibe datos de brokers extranjeros directamente. DEGIRO, Interactive Brokers y Trade Republic reportan a sus respectivas jurisdicciones (Países Bajos, Irlanda, Alemania), no a la AEAT.
- Los datos de tu broker español pueden tener errores o estar incompletos.
- Hacienda no calcula el FIFO por ti si has comprado el mismo activo en múltiples fechas y a precios distintos.
- Las operaciones en divisa pueden aparecer sin la conversión correcta al euro.
El borrador es un punto de partida, no una declaración terminada. Trátalo como un documento que debes verificar línea por línea.
Paso 2: Revisa las ganancias y pérdidas patrimoniales
Esta es la sección más importante para inversores. Aquí van las plusvalías y minusvalías por la venta de acciones, ETFs y fondos de inversión.
Dónde mirar en el borrador
Busca el apartado "Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales" (casillas 0328 y siguientes). Aquí deben aparecer todas las ventas que realizaste durante 2025.
Qué verificar
- ¿Aparecen todas tus operaciones de venta? Cruza el número de operaciones del borrador con el informe de tu broker. Si operas con un broker extranjero, probablemente tengas que añadirlas manualmente.
- ¿El precio de adquisición es correcto? Si compraste el mismo ETF o acción en varias fechas, Hacienda debería aplicar el método FIFO (First In, First Out). Verifica que el precio de compra asignado a cada venta corresponde al lote correcto.
- ¿Están incluidas las comisiones? Las comisiones de compra se suman al precio de adquisición y las de venta se restan del precio de transmisión. Esto reduce la ganancia y, por tanto, reduces impuestos.
- ¿Las operaciones en divisa están bien convertidas? Si vendiste un ETF denominado en dólares, la ganancia se calcula convirtiendo cada operación (compra y venta) al tipo de cambio del euro del día en que se ejecutó.
Ejemplo práctico
Compraste 50 participaciones de VWCE el 15/03/2025 a 120,50 EUR con 2 EUR de comisión de compra. Vendiste esas 50 participaciones el 10/11/2025 a 135,20 EUR con 2 EUR de comisión de venta.
- Precio de adquisición: (50 x 120,50) + 2 = 6.027 EUR
- Precio de transmisión: (50 x 135,20) - 2 = 6.758 EUR
- Ganancia patrimonial: 6.758 - 6.027 = 731 EUR
Verifica que el borrador refleje exactamente estos números. Si tenías compras anteriores del mismo activo, recuerda que el FIFO obliga a que se consideren vendidas primero las participaciones más antiguas.
Paso 3: Revisa los rendimientos del capital mobiliario
Los dividendos e intereses van en una sección diferente a las ganancias patrimoniales. Es un error frecuente mezclarlos.
Dónde mirar
Apartado "Rendimientos del capital mobiliario" (casilla 0029 y siguientes para dividendos, casilla 0023 para intereses de cuentas y depósitos).
Qué verificar
- ¿Aparecen todos los dividendos cobrados? Los de brokers españoles suelen estar prerrellenados. Los de brokers extranjeros, no necesariamente.
- ¿Las retenciones en España son correctas? Si tu broker es español, habrá retenido el 19% sobre los dividendos. Verifica que el importe retenido coincide con tu informe fiscal.
- ¿Están separados los dividendos nacionales de los extranjeros? Esto es fundamental para aplicar después la deducción por doble imposición.
- ¿Has incluido los intereses de cuentas remuneradas? Si tienes cuenta remunerada en MyInvestor, Trade Republic u otros bancos, esos intereses también tributan aquí.
Dividendos de ETFs de distribución
Si tienes ETFs de distribución domiciliados en Irlanda o Luxemburgo (como VHYL, SPYD o cualquier variante "Dist"), los dividendos que cobras deben declararse aunque no hayan tenido retención española. Tu broker extranjero te los habrá pagado sin retener el 19% español, pero eso no significa que no tributen.
Paso 4: Aplica la deducción por doble imposición internacional
Si cobraste dividendos de empresas o ETFs extranjeros, es probable que el país de origen haya practicado una retención. Sin esta deducción, acabas pagando dos veces por el mismo dividendo.
Dónde mirar
Apartado de "Deducciones", casilla 0588 (deducción por doble imposición internacional, rentas incluidas en la base del ahorro).
Qué introducir
El importe de la deducción es el menor de estos dos valores:
- La retención que sufriste en el extranjero (lo que aparece en el informe de tu broker como "withholding tax" o "retención en origen").
- El resultado de aplicar el tipo medio español a esa renta (el tipo efectivo según tu base del ahorro).
Ejemplo
Cobraste 1.000 EUR brutos en dividendos de un ETF domiciliado en Irlanda que invierte en acciones estadounidenses. EE.UU. retuvo un 15% en origen (150 EUR). El tipo español que te corresponde es el 19%.
- Retención en origen: 150 EUR
- Impuesto español sobre esa renta: 190 EUR (19% de 1.000)
- Deducción aplicable: 150 EUR (el menor de los dos)
Tu cuota española sobre esos dividendos queda en 190 - 150 = 40 EUR, en lugar de pagar 190 EUR encima de los 150 que ya te retuvieron.
Por qué no debes olvidarlo
Muchos inversores no reclaman esta deducción, lo que supone pagar dos veces por los mismos dividendos extranjeros. Es dinero que pierdes sin necesidad. Revisa tu informe fiscal del broker y busca las retenciones en origen de cada país.
Paso 5: Revisa la compensación de pérdidas
Si vendiste algún activo con pérdidas durante 2025, puedes compensarlas con tus ganancias para reducir la factura fiscal.
Las reglas clave
- Dentro del mismo cajón (sin límite): Las pérdidas patrimoniales se compensan primero con las ganancias patrimoniales del mismo año. Sin tope.
- Compensación cruzada (límite del 25%): Si te quedan pérdidas sin compensar, puedes usar hasta el 25% del saldo positivo del otro cajón (rendimientos del capital mobiliario) para absorberlas, y viceversa.
- Arrastre a 4 años: Las pérdidas que no puedas compensar este año se arrastran a los 4 ejercicios siguientes.
Atención a la regla de los 2 meses
Si vendiste un activo con pérdidas y recompraste el mismo activo (o uno homogéneo) en los 2 meses anteriores o posteriores a la venta, la pérdida no es compensable hasta que vendas las nuevas participaciones. Es la llamada regla anti-aplicación (artículo 33.5.f LIRPF).
Para acciones y ETFs, la AEAT considera homogéneos los del mismo ISIN. Vender VWCE con pérdidas y recomprar VWCE en menos de 2 meses bloquea la compensación. Si compraste un ETF diferente que replica otro índice, no aplica esta restricción.
¿Tienes pérdidas pendientes de años anteriores?
Revisa si arrastraste pérdidas de los ejercicios 2021, 2022, 2023 o 2024. Si es así, puedes compensarlas contra las ganancias de 2025. Las pérdidas de 2021 son las últimas que puedes usar: si no las compensas este año, las pierdes definitivamente.
Paso 6: No olvides el Modelo 720
Si a 31 de diciembre de 2025 tenías más de 50.000 EUR en activos en el extranjero (acciones, ETFs, fondos o efectivo en brokers como DEGIRO, Interactive Brokers o Trade Republic), debías haber presentado el Modelo 720 antes del 31 de marzo de 2026.
Si no lo hiciste, preséntalo fuera de plazo lo antes posible. Las sanciones actuales son menores que antes (el TJUE anuló las multas desproporcionadas en 2022), pero sigue siendo una obligación informativa.
Tenemos una guía completa del Modelo 720 donde te explicamos todo el proceso en detalle.
Los 10 errores más comunes al declarar inversiones
Estos son los fallos que vemos con más frecuencia entre inversores particulares. Repásalos antes de presentar tu declaración:
1. Confirmar el borrador sin revisarlo
El error más grave y más frecuente. El borrador puede estar incompleto o contener errores, especialmente si operas con brokers extranjeros. Siempre revisa antes de confirmar.
2. No declarar operaciones de brokers extranjeros
DEGIRO, Interactive Brokers y Trade Republic no reportan directamente a la Agencia Tributaria española. Tú eres responsable de incluir esas operaciones en la declaración.
3. Confundir ganancias patrimoniales con rendimientos del capital mobiliario
Las ventas de activos van a las casillas de ganancias patrimoniales. Los dividendos van a rendimientos del capital mobiliario. Son secciones distintas con reglas de compensación diferentes. Mezclarlas puede generar errores en el cálculo.
4. Olvidar la deducción por doble imposición internacional
Si no la aplicas, pagas dos veces por los mismos dividendos extranjeros. Es una de las deducciones más desaprovechadas por los inversores particulares.
5. Calcular mal el FIFO con múltiples compras
Si compraste el mismo ETF en 5 fechas diferentes y luego vendiste una parte, la ley exige aplicar FIFO estrictamente. Usar otro método (precio medio, LIFO) es incorrecto y puede generar discrepancias con Hacienda.
6. Ignorar el tipo de cambio en operaciones en divisa
Las operaciones en dólares u otras divisas deben convertirse al tipo de cambio del euro del día de la operación. Usar el tipo de cambio anual medio o el del día de la declaración es un error habitual.
7. No compensar pérdidas con ganancias
Si tuviste pérdidas y ganancias en el mismo año, debes netearlas. Muchos inversores declaran las ganancias pero se olvidan de que las pérdidas reducen la factura fiscal.
8. Equivocarse con la fecha de la operación
A efectos fiscales, la fecha relevante es la fecha de ejecución de la orden (trade date), no la fecha de liquidación (settlement date). En la mayoría de activos la liquidación es T+2, pero lo que cuenta para la declaración es cuándo se ejecutó la compra o la venta.
9. No incluir las comisiones como gasto
Las comisiones del broker reducen las ganancias patrimoniales. Olvidarte de incluirlas significa tributar sobre un beneficio mayor del real. Son céntimos o euros que se acumulan operación tras operación.
10. No declarar dividendos de ETFs de distribución extranjeros
Si tienes ETFs de distribución domiciliados fuera de España (como VHYL o SPYD en su versión distribución), los dividendos que cobras deben declararse aunque no hayan tenido retención española automática.
Cómo Zygnio te ayuda a preparar la declaración de la Renta 2025
Preparar la declaración manualmente es tedioso y propenso a errores, sobre todo si operas con varios brokers o tienes decenas de operaciones. Zygnio automatiza las partes más difíciles del proceso:
- Importación de CSV: Sube los extractos de DEGIRO, Interactive Brokers, Trade Republic o MyInvestor y Zygnio registra todas tus operaciones automáticamente. Sin copiar datos a mano.
- Cálculo FIFO automático: Zygnio aplica el método FIFO correcto a todas tus ventas, incluso si compraste el mismo activo en múltiples fechas y desde distintos brokers.
- Resumen fiscal del ejercicio: Obtén un desglose completo de tus ganancias y pérdidas patrimoniales, dividendos cobrados y retenciones practicadas, todo organizado por activo y por broker.
- Simulador de ventas: Antes de cerrar el año fiscal, simula cuánto pagarías a Hacienda si vendieras un activo. Perfecto para planificar operaciones de tax-loss harvesting.
- Control de operaciones en divisa: Zygnio convierte automáticamente las operaciones en divisa extranjera al tipo de cambio del euro del día de la operación.
Con toda esta información organizada, revisar el borrador de Hacienda es cuestión de contrastar los datos de Zygnio con los que aparecen en Renta Web y corregir las discrepancias.
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Preguntas frecuentes
¿Estoy obligado a hacer la declaración si he invertido en bolsa?
No siempre. Estás obligado si tus rendimientos del trabajo superan los 22.000 EUR (un pagador) o 15.876 EUR (varios pagadores, con ciertos límites), o si tus rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales superan los 1.600 EUR. Sin embargo, si has vendido activos con ganancias, en la práctica casi siempre te conviene declarar para compensar pérdidas o reclamar retenciones, incluso si no estás técnicamente obligado.
¿Qué pasa si no declaro operaciones de un broker extranjero?
La AEAT intercambia información fiscal con la mayoría de países de la UE y con EE.UU. mediante el CRS (Common Reporting Standard). Esto significa que Hacienda puede llegar a conocer tus activos y operaciones en el extranjero. No declararlas puede resultar en sanciones e intereses de demora.
¿Tengo que declarar las criptomonedas también?
Sí. Las ganancias y pérdidas por venta de criptomonedas tributan como ganancias patrimoniales en la base del ahorro, igual que las acciones o los ETFs. Además, desde 2024 existe el Modelo 721 para declarar criptomonedas en el extranjero con valor superior a 50.000 EUR.
¿Puedo compensar pérdidas de este año con ganancias de años anteriores?
No directamente. La compensación funciona al revés: las pérdidas de un año se arrastran para compensar ganancias de los 4 años siguientes. No puedes volver atrás para modificar declaraciones anteriores y compensar ganancias pasadas con pérdidas actuales.
¿Los ETFs de acumulación tributan aunque no haya vendido?
No. Si tienes un ETF de acumulación y no has vendido participaciones durante el año, no tienes que declarar nada por ese ETF. Los dividendos que el fondo reinvierte internamente no generan un hecho imponible. Solo tributas en el momento de la venta, por la ganancia patrimonial generada.
¿Qué ocurre si me equivoco en la declaración?
Puedes presentar una declaración complementaria para corregir errores que te perjudiquen (pagaste de menos) o una rectificación de autoliquidación si el error te beneficiaba (pagaste de más y quieres que te devuelvan la diferencia). Lo importante es corregirlo antes de que Hacienda te requiera, ya que hacerlo voluntariamente reduce o elimina los recargos.
¿Merece la pena pagar a un asesor fiscal?
Depende de la complejidad de tu situación. Si solo tienes un broker español con pocas operaciones, probablemente puedas hacerlo tú mismo con ayuda de herramientas como Zygnio. Si operas con varios brokers extranjeros, tienes operaciones en múltiples divisas y cobras dividendos internacionales, un asesor fiscal puede ahorrarte errores costosos. En cualquier caso, tener tus datos organizados previamente facilitará enormemente el trabajo, tanto tuyo como del asesor si decides contratar uno.
Checklist final antes de presentar
Usa esta lista como última comprobación antes de confirmar tu declaración:
- Reunir los informes fiscales de todos tus brokers
- Verificar las ganancias y pérdidas patrimoniales (casillas 0328+)
- Comprobar los dividendos e intereses (casillas 0023 y 0029+)
- Aplicar la deducción por doble imposición internacional si corresponde (casilla 0588)
- Revisar la compensación de pérdidas y el posible arrastre de ejercicios anteriores
- Confirmar que las comisiones están incluidas en los precios de adquisición y transmisión
- Verificar las conversiones de divisa en operaciones en moneda extranjera
- Comprobar que el Modelo 720 está presentado si aplica
- Revisar el resultado final (a ingresar o a devolver) antes de confirmar
- Presentar la declaración antes del 30 de junio de 2026
Y si quieres ahorrarte horas de trabajo manual, Zygnio calcula todo esto automáticamente a partir de los CSVs de tu broker.
¡Buena campaña de la renta!